Kit Digital. Se abre la primera convocatoria. Recomendaciones

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La primera convocatoria de Kit Digital se abre el 15 de Marzo de 2022.

No conviene prestar atención a la alarma que están difundiendo algunas webs de algunas empresas, sobre la celeridad en la que los fondos pueden agotarse.

Para empezar, hay que considerar que esta partida está dotada de 500 millones de euros y es para empresas de entre 10 y 49 empleados. Como la ayuda máxima es de 12.000€ (máxima), hay 41.666 empresas beneficiarias.

Haciéndolo bien, no deben quedarse fuera aquellas empresas que lo soliciten. No es necesario correr ni apresurarse. Sí que es necesario, hacerlo bien y no ponerse en manos de algunos tramitadores que pueden estar incurriendo en irregularidades, que son fáciles de detectar.

Las prisas y las emergencias pueden llevar a muchas empresas a tramitar Kit Digital de forma equivocada.

Es recomendable no ponerse en manos de aquellos tramitadores que urgen a las empresas a realizar la tramitación con ellos, todo bajo la presión de que pueden perder el bono porque se agotará.

Se trata de una técnica de marketing bien conocida por los gestores de subvenciones. Corre o perderás la subvención que se otorga en orden de llegada.

No hay que entrar en pánico. Se trata tan solo de tener preparada la documentación de la empresa y consultar con ojo con quién se va a tramitar o si es que se va a delegar a otra empresa.

Muchas gestorías lo están haciendo, es uno de los sectores más confiables porque hacen trámites mucho más complicados a diario y es su trabajo de siempre. Los precios suelen ser muy razonables, son empresas que continuarán después de Kit Digital.

Un tramitador de Kit Digital puede no ser fiable si cumple varias de estas condiciones: Te aseguran que van a conseguir los 12.000€ (No explican que es un bono). Meten prisa porque se pueden agotar las subvenciones. Se muestran como Agentes Digitalizadores. Ofrecen productos de Kit Digital y además al máximo de su precio en el plan de subvenciones.

La tramitación nada tiene que ver con la adquisición de productos del Bono de 12.000€.

Es fácil ver la cantidad de gestores o tramitadores que se presentan como Agentes Digitalizadores y además ofrecen los productos del Kit Digital. Incluso se puede observar que proporcionan productos de las 10 categorías.

Esto es ya una falsedad. No hay Agentes Digitalizadores y no los habrá hasta el día 10 de Marzo, cinco días antes de la puesta en marcha de la convocatoria.

Los tramitadores no son Agentes Digitalizadores y por tanto no pueden vender los productos de Kit Digital con el bono. Para vender estos productos a las empresas hay que demostrar que durante dos años se han vendido productos similares. Los Agentes Digitalizadores son las empresas de informática no los tramitadores de subvenciones.

El cobro de un porcentaje del bono es ilegal.

Kit Digital es muy claro en esto. No se pueden incluir gastos de tramitación de Kit Digital con cargo a la subvención.

Estamos viendo multitud de tramitadores que pretenden cobrar un porcentaje del bono.

El bono NO ES DINERO. El tramitador ha de cobrar en dinero porque no puede descontar ese porcentaje del bono. Las empresas que contraten con estos tramitadores deberán pagarle con su dinero fuera de lo que es la subvención.

Repetimos, una vez más que los únicos que pueden hacer cargos al Bono son las empresas de informática que actúan como Agentes Digitalizadores homologados, nunca los tramitadores.

Kit Digital fue diseñado para beneficiar a las empresas finales y a la industria digital. No a los intermediarios.

Hace años que desde la Unión Europea se venía observando que las subvenciones quedaban en manos de las consultoras. Los tramitadores eran realmente los que se quedaban con el dinero de las subvenciones.

A tenor de estas observaciones, se han modificado las condiciones de acceso a ellas y de adquisición de los productos y servicios. El Kit Digital sigue esta dinámica.

Es de esperar numerosas auditorías y que muchos de los que ahora se presentan como Agentes Digitalizadores sean “expulsados” del sistema. Existe un régimen sancionador para esto.

Han aparecido empresas de informática de la nada que hacen Kit Digital. Tramitadores que ofertan todos los productos, unos productos que siempre valen el máximo de las subvenciones.

Sencillamente, una empresa que solo ha hecho páginas web, no puede ahora ofertar servicios o software de todos los tipos existentes en Kit Digital. De la noche a la mañana tienen soluciones de Ciberseguridad o de Seguridad de redes, por poner un ejemplo.

Conviene asegurarse de que los proveedores vendieran con anterioridad esos mismos productos o servicios que ahora ofertan para Kit Digital. Si no es así, existen irregularidades porque las reglas de Kit Digital exigen la venta de esta tipo de productos con anterioridad.

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